Cómo firmar un contrato de arrendamiento en línea
Paso a paso para firmar un contrato de arrendamiento en línea en Colombia con arrendatario, codeudores y propietario, cada uno desde su celular, y qué guardar después.
Documentos
Sí se puede firmar en línea. Arrendatario, codeudores y propietario firman cada uno desde su celular, y el contrato queda sellado con la evidencia de cada firma.
Sí. La ley no le pide al arriendo de vivienda una forma especial, y un documento electrónico vale como escrito.
La Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana, permite que el contrato sea verbal o escrito. Si se hace por escrito, la Ley 527 de 1999 (artículo 6) da por cumplido ese requisito con un documento electrónico que se pueda consultar después, y su artículo 7 acepta una firma electrónica cuando el método identifica a quien firma y es confiable para lo que se firma.
El Decreto 2364 de 2012 le da a esa firma la misma validez y los mismos efectos que la firma a mano. Lo que la hace sostenible si algún día se discute es la evidencia: quién firmó, cómo se identificó y qué documento exacto firmó. Eso es lo que guarda Fyrelis.
Cada persona que se obliga con el contrato firma con su propio enlace.
Escribes nombre, cédula y correo de los arrendatarios, los codeudores y el arrendador. Si quieres, marcas dónde va cada firma sobre las rayas del contrato.
Por correo. Lo abre en el navegador de su celular o su computador, sin crear cuenta ni instalar nada.
Dibuja su firma con el dedo o escribe su nombre y elige la letra, y confirma que es ella con un código de un solo uso que le llega por correo o SMS.
Ves quién abrió, quién firmó y quién falta, reenvías el enlace a quien no lo encuentra y pones recordatorios.
Cuando firman todos, cada firma queda sobre su raya, se agrega el anexo con la evidencia y cada firmante recibe el comprobante por correo.
Una firma en Fyrelis no es una imagen pegada en un PDF. Es un registro de quién firmó, cómo demostró que era él y qué documento exacto firmó.
Firma electrónica, no digital
Fyrelis hace firma electrónica según la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012. No es firma digital con certificado de una entidad acreditada ante ONAC. Te explicamos la diferencia y para qué no sirve en validez legal.
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Cómo trabaja una inmobiliaria con Fyrelis, de punta a punta.
La ley no exige notaría para que el contrato de arrendamiento de vivienda sea válido. La firma electrónica deja su propia evidencia de quién firmó y cuándo. Si tu caso tiene un requisito especial, consúltalo con tu abogado.
El contrato no se sella hasta que firman todos. Puedes reenviarle el enlace, mandarle recordatorios o ampliar la fecha límite. Si al final no firma, cancelas la solicitud y las firmas que no ocurrieron no se cobran.
Una por cada persona que firma cada documento. Con arrendatario, dos codeudores y propietario son cuatro. Si en la misma solicitud mandas también el inventario, cada documento cuenta aparte.
Sí. Cuando firman todos, cada firmante recibe el comprobante por correo, y tú descargas el contrato sellado desde el panel.
Crea la cuenta, sube el PDF y escribe quién firma. Pagas por firma, sin mensualidad, y solo se descuenta cuando alguien firma.