Firma electrónica y firma digital: en qué se diferencian
La diferencia entre firma electrónica y firma digital en Colombia: qué es cada una, qué norma la regula, quién la respalda y cuándo te piden una u otra.
Guía
Una firma electrónica es cualquier método que te identifica frente a un documento electrónico y muestra que apruebas su contenido: un código, una contraseña, un dato biométrico. En Colombia es válida: la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012 le dan los mismos efectos que a la firma a mano, siempre que el método sea confiable y apropiado para lo que se firma.
No es un dibujo: es un método para saber quién aceptó un documento.
Cuando firmas un papel, tu firma hace dos cosas: dice que fuiste tú y dice que estás de acuerdo con lo que está escrito encima. Una firma electrónica hace lo mismo con un documento que no está en papel, como un PDF.
La norma colombiana la define así: métodos como códigos, contraseñas, datos biométricos o claves criptográficas privadas que permiten identificar a una persona frente a un mensaje de datos, siempre que sean confiables y apropiados para el fin con que se usa la firma. «Mensaje de datos» es el nombre legal de cualquier información electrónica: un correo, un PDF, un formulario enviado.
Fíjate en que la definición no habla de dibujos. Lo que hace que algo sea una firma electrónica es el método que identifica a la persona, no la imagen que se ve en la hoja. Puedes dibujar tu rúbrica con el dedo en la pantalla, y eso ayuda a que el documento se vea firmado, pero lo que pesa es lo que hay detrás: cómo se comprobó que eras tú y qué quedó registrado.
Ya usas firmas electrónicas aunque no las llames así. Cuando aceptas una transacción en la app de tu banco con una clave, cuando confirmas una compra con un código que te llega al celular o cuando aceptas unos términos después de iniciar sesión, estás expresando tu voluntad por un medio electrónico que te identifica.
Dos normas lo resuelven: la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012.
La Ley 527 de 1999 es la ley de comercio electrónico. Sus reglas básicas son cortas y claras:
El Decreto 2364 de 2012 reglamentó la firma electrónica y hoy está compilado en el Decreto 1074 de 2015, el Decreto Único del sector Comercio, Industria y Turismo. Allí está la definición que viste arriba y una regla que resume todo: la firma electrónica que cumple los requisitos tiene la misma validez y los mismos efectos jurídicos que la firma.
Dos condiciones: que solo tú pudieras firmar y que se note si alguien cambia el documento.
El decreto dice que una firma electrónica es confiable si los datos con que se crea corresponden solo a quien firma, en el contexto en que se usan, y si se puede detectar cualquier cambio no autorizado al documento hecho después de firmar.
Llevado a la práctica, eso significa preguntarle a cualquier servicio de firma:
Así lo hace Fyrelis: cada firmante confirma que es él con un código de 6 dígitos que vence a los 5 minutos, y el documento sellado queda atado a su huella SHA-256. Lo explicamos con detalle en seguridad.
Con la evidencia que el servicio guardó en el momento de firmar.
Si un día alguien dice «yo no firmé eso», el juez no mira la rúbrica dibujada. El artículo 11 de la Ley 527 le pide valorar el documento electrónico con las reglas de la sana crítica, mirando qué tan confiable fue la forma de generarlo, archivarlo y comunicarlo, cómo se conservó su integridad y cómo se identificó a quien lo firmó.
Por eso importa tanto lo que queda guardado. Una buena firma electrónica deja registro de:
En Fyrelis todo eso va en un anexo probatorio que se agrega al final del PDF firmado. Y guarda el archivo tal como lo recibiste: el Código General del Proceso (artículo 247) valora como mensaje de datos el documento aportado en el formato en que se generó, mientras que una simple impresión se valora como cualquier papel.
La regla práctica: si la ley exige firma digital, notario o un título valor, la firma electrónica no basta.
Para casi todo lo demás que firma una empresa, sí sirve: contratos de arrendamiento y laborales, autorizaciones de datos, actas, cotizaciones, aceptación de términos. Lo revisamos documento por documento en qué documentos se pueden firmar.
Fyrelis hace firma electrónica, no firma digital
No somos una entidad de certificación acreditada ante ONAC. Si te preguntas cuál necesitas, lee firma electrónica y firma digital.
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Cómo se firma un arriendo en línea, quién firma y qué queda como prueba.
Información general, no asesoría jurídica
Esta guía resume normas colombianas vigentes a la fecha de publicación. No es un concepto legal sobre tu caso: si tu documento tiene requisitos especiales, consúltalo con tu abogado.
Crea la cuenta, sube el PDF y escribe quién firma. Pagas por firma, sin mensualidad, y solo se descuenta cuando alguien firma.